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Resolución Normativa N° 64/20. ARBA - Juicio de Apremio. Suspensión del pedido y traba de medidas cautelares. Prórroga. Alcance temporal. Extensión hasta el 31.12.2020. Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.
Citar: elDial.com - CC6923
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Resolución
Normativa N° 64/20. ARBA - Juicio
de Apremio. Suspensión del pedido y traba de medidas cautelares.
Prórroga.
Alcance temporal. Extensión hasta el 31.12.2020.
Agencia de Recaudación de
VISTO el expediente Nº 22700-0031803/2020, por
el que se propicia extender el plazo previsto en el artículo 15 de
CONSIDERANDO:
Que el artículo 14 del Código Fiscal faculta a
Que mediante Resolución Normativa N° 26/2019,
esta Agencia resolvió no solicitar las medidas cautelares
correspondientes a
los juicios de apremio citados en el párrafo anterior, entre el 1° de
septiembre y hasta el 31 de diciembre de 2019, inclusive, extendiendo
dicho
plazo por Resolución Normativa N° 47/2019 hasta el 31 de marzo de 2020,
inclusive, por Resolución Normativa N° 12/2020 hasta el 31 de mayo de
2020,
inclusive, y mediante Resolución Normativa N° 30/2020, hasta el 31 de
julio de
2020, inclusive;
Que posteriormente se amplió dicho término,
extendiéndose, de conformidad con
Que, por otra parte, ante el actual panorama
sanitario, mediante el Decreto Nacional N° 260/2020 se amplió por el
plazo de
un (1) año la emergencia pública en materia sanitaria establecida en
Que en dicho contexto se dictó el Decreto
Provincial N° 132/2020, mediante el cual se declaró la emergencia
sanitaria en
el ámbito de
Que de acuerdo con el Decreto Provincial N°
203/2020, se dispuso suspender el deber de asistencia a los lugares de
trabajo
en el ámbito provincial entre los días 1º al 12 de abril de 2020,
siendo
prorrogado este mismo, sucesivamente por los Decretos Provinciales N°
255/2020,
N° 282/2020, Nº 340/2020, Nº 433/2020, N° 498/2020, Nº 583/2020, N°
604/2020,
N° 689/2020, N° 701/2020, y N° 771/2020;
Que por Decreto Nacional N° 297/2020 se
dispuso, hasta el 31 de marzo de 2020, el aislamiento social,
preventivo y
obligatorio, siendo prorrogado este mismo por los Decretos Nacionales
N°
325/2020, N° 355/2020, N° 408/2020, Nº 459/2020, Nº 493/2020, Nº
520/2020, Nº
576/2020, N° 605/2020, N° 641/2020, N° 677/2020 y N° 714/2020;
Que, en el marco de las regulaciones de
emergencia citadas precedentemente y sus eventuales prórrogas,
subsistiendo aún
a la fecha dicho escenario de emergencia sanitaria y con el fin de
aliviar la
situación económica de los contribuyentes, se estima necesario extender
nuevamente el plazo durante el cual esta Agencia de Recaudación no
solicitará
las medidas cautelares dispuestas en el artículo 14 del Código Fiscal
en
juicios de apremio; Que han tomado debida intervención
Que la presente se dicta en uso de las
atribuciones conferidas por
Por ello,
EL DIRECTOR
EJECUTIVO DE
DE
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Sustituir
el artículo 15 de
“ARTÍCULO 15. Disponer de manera transitoria
que, entre el 1° de septiembre de 2019 y hasta el 31 de diciembre de
2020,
inclusive, no se solicitarán las medidas cautelares dispuestas en el
artículo
14 del Código Fiscal en juicios de apremio.”
ARTÍCULO 2°. La
presente Resolución comenzará a regir a partir del 1° de octubre de
2020,
inclusive.
ARTÍCULO 3°. Registrar,
comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido,
archivar.
Cristian Alexis Girard, Director
Ejecutivo
Citar: elDial.com - CC6923
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